martes, 2 de octubre de 2018

DEFINICIÓN DE CONCEPTOS


  1. Prevención: Conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de la actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
  2. Riesgo Laboral: Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad se valorara conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo
  3. Daños derivados del trabajo: enfermedades patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.
  4. Riesgo laboral grave o inminente: Es aquel cuya materialización se presenta como muy probable inmediata y se prever que queda causar daños severos al trabajador o trabajadores.
  5. Equipo de trabajo: son las máquinas, aparatos, instrumentos e instalaciones utilizados en un trabajo.
  6. Equipo de protección individual: cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a cualquier fin.
  7. Entidades potencialmente peligrosas: Son aquellos procesos, actividades, operaciones, equipos o productos que, en ausencia de medidas preventivas especificas, originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores y trabajadoras que los desarrollan o utilizan.
  8. Condición de trabajo: es cualquier características del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador.

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